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martes, 31 de enero de 2012

En San Pedro Cholula entregan apoyo de Subsemun

Boletín/San Pedro Cholula, Pue.-
Luego que el año pasado se logrará la recuperación del Subsidio para la Seguridad Pública (SUBSEMUN) en el Municipio de San Pedro Cholula, la Alcaldesa Dolores Parra Jiménez y Alejandro Tinoco Serdán en representación del Consejo Estatal de Seguridad Pública, hicieron entrega de nuevo equipamiento para el cuerpo de policías que integra la Comisaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Pedro Cholula,  equipo que tuvo una inversión total de 7 millones de pesos.
   Parra Jiménez entregó a la Dirección de Seguridad Pública 4 nuevas patrullas estilo camionetas, 1 vagoneta para la unidad del grupo táctico, 2 motocicletas, 10 kits de equipamiento para el grupo táctico y 180 uniformes para el mismo número de policías.    Igualmente la Alcaldesa destacó el aumento de sueldos y rangos, que a lo largo de su primer año de Gobierno ha entregado a diferentes elementos policíacos, así como la integración de los mismos a cursos de capacitación para la prevención del delito.
La edil exhortó a los elementos policiacos a cumplir con el compromiso que esta administración tiene con los cholultecas para brindarles mayor seguridad.
   Finalmente Parra Jiménez informo que ya se están integrando los documentos necesarios para un aumento del SUBSEMUN, mismo que permita en este 2012, dotar al cuerpo de policía y tránsito municipal con mejor equipo y mayores oportunidades de crecimiento profesional que ayude a combatir la corrupción en el municipio.

Ejército se opone a sentencia histórica en materia de derechos humanos, actuando en representación de Felipe Calderón

El recurso de revisión deberá ser atraído y resuelto por la SCJN
La presentación del recurso evidencia que el Gobierno Federal sigue defendiendo la extensión del fuero militar sobre casos de violaciones a derechos humanos

Difusión Cencos México D.F..
La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), en representación del Presidente de la República Felipe Calderón, impugnó mediante la presentación de un recurso de revisión, la histórica sentencia del 2 de diciembre de 2011, mediante la cual familiares de Bonfilio Rubio Villegas, indígena naua que en 2009 fue privado arbitrariamente de la vida por elementos del Ejército mexicano, obtuvieron el amparo de la justicia federal en un juicio donde impugnaron la extensión del fuero militar sobre la investigación y el juzgamiento de dicha ejecución extrajudicial.
   Los hechos datan del 20 de junio de 2009 cuando Bonfilio Rubio Villegas, fue asesinado por soldados del 93 Batallón de Infantería del Ejército mexicano, quienes minutos antes habían revisado la unidad en la que viajaba el joven naua, junto con otros 40 pasajeros. Luego de la revisión realizada por soldados que integraban un retén ubicado cerca de la ciudad de Huamuxtitlán, Guerrero, el conductor del autobús reemprendió su marcha y desde el retén, los castrenses abrieron fuego indiscriminadamente contra el autobús de pasajeros provocando la muerte de Bonfilio.
   Tras los hechos, fueron iniciadas averiguaciones previas tanto en el fuero civil como en el fuero castrense. No obstante, a la postre prevaleció la justicia militar por lo que, al ser notificados, los familiares de Bonfilio Rubio Villegas presentaron una demanda de amparo en la que impugnaron tanto la declinación de competencia por parte de las instancias civiles, como la asunción de competencia de las instancias castrenses, señalando que se habían realizado mediante la aplicación de una norma inconstitucional como lo es el artículo 57 del Código de Justicia Militar.
   La demanda dio inicio al Juicio de Amparo 818/2011, inicialmente radicado en el Juzgado Séptimo de Distrito del Estado de Guerrero, con sede en Chilpancingo, que con posterioridad conoció el Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, en Cholula, Puebla, bajo el Número 614/2011. Este juicio derivó en la emisión de una sentencia inédita a favor de los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, en la que por primera ocasión se protegió a las víctimas civiles de la inconstitucional expansión del fuero militar.
   Dada la trascendencia del fallo, el propio Consejo de la Judicatura Federal difundió en su momento la nota informativa 48/2011 . Por su parte, los familiares de Bonfilio Rubio Villegas y sus representantes, a través de un Boletín difundido el 12 de diciembre de 2011, calificaron el fallo como "un hito sin precedentes" e instaron a la SEDENA a acatarlo, señalando expresamente que "es de esperarse que el compromiso asumido públicamente por el Presidente Calderón en el marco de la conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos, con relación a que giró sus instrucciones para que casos de violaciones a derechos humanos cometidas por militares sean investigadas y juzgadas por las instancias civiles, se traduzca en que el fallo no sea recurrido por las autoridades de la SEDENA" pues "de lo contrario, sería exhibida la insuficiencia de ese compromiso ante la creciente ausencia de controles civiles sobre las Fuerzas Armadas".
   Pese a ello, los familiares de Bonfilio Rubio Villegas han sido notificados recientemente de que la SEDENA ha interpuesto el recurso de revisión en contra de la inédita sentencia, actuando en representación legal del propio Presidente de la República.
   En el mencionado recurso, a nombre de Felipe Calderón, la SEDENA da claras muestras de no variar su defensa a ultranza del fuero militar y, además de incumplir con las obligaciones jurídicas emanadas del orden constitucional vigente, muestra que el Ejército no se sujeta ni se sujetará al control civil en tanto no se reforme el Código de Justicia Militar, en abierta contravención a lo afirmado por el Presidente de la República el 9 de diciembre de 2011, cuando en el marco de la entrega del Premio Nacional de Derechos Humanos afirmó: "Hoy anuncio que he dado una instrucción fundamental a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de la Defensa Nacional y de Marina, a fin de que exploren mecanismos para que, sin violentar la ley vigente que nos obliga, en los casos de violaciones a los derechos humanos en que sean acusados integrantes de las Fuerzas Armadas, se busque la manera de poder transferir o declinar la competencia militar en favor de los Ministerios Públicos y de los jueces civiles".
   En efecto, la impugnación de la sentencia, favorable a los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, muestra que no sólo no sean explorado los mecanismos sino que incluso en aquellos casos donde existe una orden judicial sobre la remisión de un expediente del fuero civil, el cumplimiento de tales sentencias es eludido por la SEDENA, con la aprobación de la Presidencia de la República.
   Más aun, el recurso de revisión presentado por la SEDENA en representación de Felipe Calderón es elocuente sobre la posición del Instituto Castrense frente a las obligaciones internacionales del Estado mexicano.
   Así, por ejemplo la SEDENA sostiene que "a la fecha, no existe ninguna norma jurídica que establezca […] que cuando un militar cometa un delito en perjuicio de un civil la competencia para conocer del asunto radique en una autoridad judicial del orden común, sino por el contrario, el artículo 57 del Código de Justicia Militar, mismo que a la fecha no ha sido declarado inconstitucional, indica que la competencia en tal caso, radica en los tribunales militares, sin que ello sea antagónico con el artículo 13 Constitucional sino por el contrario, es armónico con la disposición de la Ley Suprema".
   En igual sentido, respecto de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorIDH), el Ejército mexicano señala: "es también totalmente falso que la sentencia que se dictó por la CorIDH en el Caso Radilla Pacheco contra el Estado Mexicano, sea jurisprudencia de dicha Corte, toda vez que se trata única y exclusivamente de una sentencia dictada en un caso específico enfocado a resarcir a los ofendidos en dicho juicio, se reitera, sin constituir jurisprudencia[…] Aunado a lo anterior, la sentencia dictada en dicho juicio, no impone reglas de competencia al Estado mexicano para juzgar a militares puesto que ello es únicamente facultad de éste y no de un Tribunal Externo".
   Asimismo, la SEDENA considera ilegal lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Máximo Tribunal del país, respecto del valor que le reconoce a la determinación de la SCJN en el asunto Varios 912/2010 relativo al Caso Radilla y es que en el recurso, la SEDENA afirma: "El mismo es ilegal, porque no derivó de un expediente en revisión que hubiere llegado al más Alto Tribunal del país o por un conflicto competencial, por lo que el mismo, carece de validez, máxime que ninguna norma jurídica faculta al Pleno de la SCJN, para que en un expediente de naturaleza administrativa y no jurisdiccional, haga pronunciamientos de este tipo, a más de que tampoco constituye jurisprudencia ni es tesis de jurisprudencia por lo que su observancia, no es obligatoria".
   Adicionalmente, en su recurso la SEDENA sostiene que la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas no constituye una violación a derechos humanos refiriendo que: "no se trató de una violación a los derechos humanos, toda vez que en ningún momento el Estado ordenó directamente al tercero perjudicado Valentín Alejo Hilario, que privara de la vida al indígena naua. Es decir, como a juicio del Ejército no hubo una orden expresa de que se violaran los derechos de la víctima, no puede considerarse que en su perjuicio se hayan cometido violaciones a derechos humanos.
   Ante ello, para el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y el Monitor Civil de la Policía en la Montaña de Guerrero (MOCIPOL), con la presentación de este recurso queda en evidencia que la SEDENA no está dispuesta a tolerar la limitación del fuero militar ni en razón de las sentencias de la Corte Interamericana; ni en virtud de la resolución de la SCJN en el Caso Radilla; ni mucho menos a partir de las instrucciones que el Presidente de la República emitió el 9 de diciembre de 2011. Por lo que tal situación demuestra la urgente necesidad de que se reforme el Código de Justicia Militar conforme a lo ordenado por la Corte Interamericana en los Casos Rosendo Radilla Pacheco; Inés Fernández Ortega; Valentina Rosendo Cantú; y Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabera García ("Campesinos Ecologistas").
   Finalmente, cabe mencionar que en la actualidad, el recurso de revisión se encuentra radicado en el Segundo Tribunal Colegiado especializado en las materias Penal y Administrativa, del Vigésimo Primer Circuito Judicial, con sede en Acapulco, Guerrero, bajo el Número 39/2012, donde en breve dicho órgano judicial deberá pronunciarse sobre su admisibilidad y, en su caso, sobre la remisión del expediente a la SCJN. En este sentido, el caso de Bonfilio Rubio Villegas pondrá a prueba la aplicación, por parte del Poder Judicial, de la reciente reforma constitucional en materia de derechos humanos.

Consulta la Ficha Informativa del Caso de Bonfilio Rubio Villegas aquí.
Tlapa, Guerrero, México a 29 de enero de 2012.
Para mayor información y gestión de entrevistas:
Román Hernández
Área de Comunicación Tlachinollan
Tel:  01 (757) 476 37 04- 476 12 20
Fax: 01 (757) 476 1200
Celular: (045) 757 106 6095
Skype: tlachinollan
Correo: tlachinollan.difusion@gmail.com, cdhm@tlachinollan.org
Facebook: Tlachinollan-Centro de Derechos Humanos de la Montaña
Twitter:@tlachinollan www.tlachinollan.org
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

Nuevas amenazas a Rubén Figueroa miembro del M3 y de la Casa del Migrante“La 72” en Tenosique

Difusión Cencos México D.F.-
El 29 de enero por la tarde cuando regresaba de una visita al Campamento de desplazados guatemaltecos de Nueva Esperanza, Rubén Figueroa, Defensor de Derechos Humanos, quien desde hace meses acompaña los trabajos de La 72, Hogar - Refugio para Personas Migrantes, informó que había sido amenazado por una persona. Los hechos narrados por Rubén fueron así:
"El sábado le pedí a una persona que se retirara de La 72, pues según las normas que tenemos no podía continuar. Al siguiente día esa persona, montado en una bicicleta se acercó la casa y le dijo a Rubén: "Tu sabes como corre el agua, no debiste sacarme de ahí, más adelante en cualquier momento te va a pasar algo". Le dije que se retirara y que nuestra labor estaba expuesta a sus amenazas también".
Esta es una nueva muestra de lo expuestos que estamos las personas que nos dedicamos a hacerle el camino un poco más ligero a las personas migrantes en Tabasco y en todo el país. Avalamos la calidad del trabajo de Rubén Figueroa, las convicciones de su vida y la pasión que pone en la defensa de las y los migrantes.
A las organizaciones hermanas les solicitamos que circulen y/o emitan sus propios comunicados exigiendo a la autoridad respuesta inmediata y protección para el personal de la 72, Hogar - Refugio para Personas Migrantes.
A las autoridades correspondientes les exigimos el cumplimiento de las medidas cautelares dictadas por la CNDH para La 72, que hasta el momento
Inexplicablemente están, de facto, suspendidas.
A los medios de comunicación agradecemos la difusión de estás lamentables noticias.
Fray Tomas González, la, 72, Hogar - Refugio para Personas Migrantes, Movimiento Migrante Mesoamericano, Nuestros Lazos de Sangre, Familia Latina Unida, Red Migrante.
Contacto: Marta Sánchez Soler
M3nonosvamos@aol.com
044 555 435 2637
Marta Sánchez Soler
Movimiento Migrante Mesoamericano
Cuando todo el sistema se preocupa tanto de los derechos humanos parece evidente que en ese caso, derecho no significa facultad o atributo o libre albedrío, sino diestro o anti-zurdo o flanco opuesto al corazón, lado derecho en fin. En consecuencia ¿no sería hora de que iniciáramos una amplia campaña internacional por los izquierdos humanos?
Benedetti
México, DF., lunes 30 de enero, 2012
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

lunes, 30 de enero de 2012

En los Zapatos del Otro: Nepomuceno Moreno


Difusión Cencos México D.F., 30 de enero de 2012
Boletín de prensa
El Grito Más Fuerte / MPJD
"Soy Nepomuceno Moreno, de Sonora. Mi hijo Jorge Mario Moreno León desapareció el 1ro de Julio del 2010. Parece que aquí todo el mundo sabe qué pasó, menos los policías. Yo busco lo que no me da mi estado: justicia, consuelo, respeto."
El 28 de Noviembre del 2011, Nepomuceno Moreno fue asesinado. La Justicia nunca llegó, pero si el Consuelo y el Respeto. Nepomuceno Moreno era integrante del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad.
México vive en un estado de Emergencia Nacional. Más de 50 mil muertos, 12 mil desaparecidos y 120 mil desplazados son prueba de ello. Ante esta situación es imperante que los ciudadanos hagamos algo. No se Vale no Hacer Nada.
El Colectivo el Grito Más Fuerte, un grupo de actrices, actores, cineastas, comunicadores, se ha dado a la tarea de desarrollar una campaña para medios masivos de comunicación, que plantea una acción muy simple: ponerse En los Zapatos del Otro.
Con el apoyo de la comunidad artística, hemos dado voz a familiares de las víctimas de la guerra. Ellos merecen ser vistos y escuchados.
Más de 30 actrices y actores respondieron al llamado y se pusieron En los Zapatos del Otro. Sólo así, viendo lo que los otros ven y sintiendo lo que los otros sienten es que podemos contribuir a la reconstrucción de este país. Se trata de reconocernos en el otro.
Con esta campaña buscamos sumar esfuerzos. "Si empezamos en nuestra casa, luego en la colonia, en el pueblo, la ciudad, si se hace una diferencia".
El Grito Más Fuerte lo hacemos todos.
1. Infórmate para organizarte y alzar la voz
2. Ayuda a difundir en redes sociales contenidos de organizaciones dedicados a Derechos Humanos
3. Registra actos injustos o acciones proactivas ciudadanas y difúndelo
4. Organiza grupos que promuevan activamente la Paz
5. Comparte y transmite esta información
6. Alza la voz. Pronúnciate, denuncia, cuestiona, haz propuestas, pasa la voz, motiva.
Nosotros no obedecemos a ningún partido político, ni tampoco la ideología de ningún grupo. Nosotros respondemos al llamado de las víctimas de la guerra, al llamado del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, al llamado de México.
Vídeo Conferencia de Prensa: En los Zapatos del Otro
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

AU: Riesgo de que grupo paramilitar atente contra comunidad de Macho de Agua en Zitácuaro, Michoacán

Difusión Cencos México D.F.-
La Red de Defensa de los Derechos Humanos con domicilio para recibir información en Avenida Reforma 1516, despacho 4, Centro Histórico de Puebla, y correo electrónico contacto@reddh.org, reddh.mex@gmail.com y numero celular 044 22 21 27 68 39, solicita su intervención urgente ante las amenazas de muerte y el riesgo de que grupo armado atente contra comunidad de Macho de Agua perteneciente a la comunidad de Cresencio Morales del Municipio de Zitacuaro, Michoacan.
De acuerdo con información del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo los comuneros y habitantes en general de la localidad Macho de Agua, perteneciente a la Comunidad de Crescencio Morales del Municipio de Zitácuaro, Michoacán, durante los últimos diez años han sido objeto de amenazas, agresiones físicas, destrucción de sus viviendas, hasta llegar a los asesinatos, hechos realizados por grupos de corte paramilitar que saquean la madera de los bosques, se adueñan de los yacimientos de agua y despojan de sus tierras a los comuneros.
Estas agresiones son encabezadas y dirigidas por José Gabriel Colín Camacho, que funge como Comisariado de Bienes Comunales de la Comunidad Indígena de Crescencio Morales, los demás integrantes de este grupo son: Blas Medina Dolores, Pelasio Esquivel Marín, Adrián Esquivel Álvarez, Javier Esquivel Álvarez, Joel Esquivel Marín, Eliseo Medina Dolores, Gerardo Medina Dolores, Juan de Dios Medina Estrada, Filomeno Medina Estrada, Octavio Medina Esquivel, Florentino Medina Vega, Oscar Esquivel Álvarez, Orlando Esquivel Álvarez, Benjamín Esquivel Marín, Gabriel Colín Camacho, Juan Mesa Mondragón, Miguel Mesa Mondragón, Leodegario Meza Tomás, Enrique Meza Mondragón, Abelardo Meza Mondragón, Rubén Meza Mondragón, José Meza Mercado, Humberto Meza Mercado, Heraclio Meza Mercado, Arturo Meza García, Rodolfo Álvarez Estrada, Ramiro Álvarez Mercado, Rubén meza Álvarez, y Rodolfo Meza Álvarez. Cabe destcar que es de dominio público que los agresores radican en la localidad de Macho Prieto.

A continuación los siguientes hechos más recientes:
El 30 de octubre de 2011 golpearon a 20 personas: mujeres, jóvenes y ancianos, dos meses antes aproximadamente asesinaron a dos jóvenes.
El 20 de enero del presente año, golpean a seis comuneros, dejándolos gravemente heridos y en peligro de muerte, a dos comuneros les dispararon con armas de fuego intentando asesinarlos, al no lograr su propósito quedaron los dos comuneros amenazados de muerte.
Han destruido 6 casas utilizando armas de fuego, objetos diversos y piedras.
Las agresiones antes mencionadas han sido denunciadas ante las autoridades correpondientes, tanto a nivel municipal, estatal y federal, sin embargo hasta el momento no habido acción alguna para que cesen estos hechos ilicitos encontra de los comuneros de Macho de Agua. Por el contrario, los comuneros refieren que las autoridades les piden dinero para "agilizar el tramite" contra los agresores e inmediatamente después les informan que no no preceden sus denuncias.

Por lo anterior, la Red de Defensa de los Derechos Humanos (REDDH) solicita:
1. Urgir al Gobierno del Estado y autoridades correspondientes a tomar medidas cautelares para la protección de los de Macho de Agua perteneciente a la comunidad de Cresencio Morales del Municipio de Zitacuaro, Michoacan, así como también de los integrantes del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo.
2. El cese de hostigamientos, amenazas de violencia o de cualquier otra forma de intimidación que menoscabe la dignidad humana de los de Macho de Agua perteneciente a la comunidad de Cresencio Morales del Municipio de Zitacuaro, Michoacan, así como también de los integrantes del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo.
3. Con base al artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos solicitamos llevar a cabo una investigación exhaustiva e imparcial, así como informar de manera oficial de los avances del proceso.
A los organismos de derechos humanos Nacional, Estatal, así como también a los organismos internacionales de protección de los derechos humanos, expresen su preocupación ante la gravedad de estos hechos.
Favor de enviar sus comunicaciones a:
Lic. Felipe Calderón Hinojosa
Presidente de la República
Lic. José Francisco Blacke Mora
Secretario de Gobernación
Mtro. Leonel Godoy Rangel
Gobernador del Estado de Michoacán
Mtro. Fidel Calderón Torreblanca
Secretario de Gobierno
Lic. J. Jesús Montejano Ramírez
PGJ de Michoacan
Lic. Víctor Manuel Serrato Lozano
Presidente de la CDH Morelia
Dr. Raúl Plascencia Villanueva
Presidente de la CNDH
Navanethem Pillay
Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU
Santiago A. Cantón
Secretario Ejecutivo de la CIDH
Javier Esteban Hernández Valencia
Representante en México de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Souhayr Belhassen
Presidente de la FIDH
Atentamente
Israel Sampedro Morales
Dignidad, Justicia, Libertad
Red de Defensa de los Derechos Humanos
R E D D H
Web:  www.reddh.org
correo: contacto@reddh.org
Facebook: reddh dh
Skype: reddh.mex
Puebla, México a 27 de enero de 2012
Expediente: 6/OCIP-RFM-Mich.
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos