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martes, 30 de octubre de 2012

Consignan a Tres por Posesión de Droga


Los detuvieron autoridades federales mediante un cateo en La Providencia.

por ODILÓN LARIOS NAVA


El Ministerio Público de la Federación en el estado de Puebla solicitó y obtuvo del Juez Tercero Penal Federal Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones la orden de cateo 593/2012, en cuyo cumplimento aprehendió a tres personas en posesión de cinco envoltorios de cocaína y una bolsa con marihuana.
El cateo se derivó de la averiguación previa AP/PGR/PUE/PUE-VII/1270/12, por medio de la cual el Fiscal Federal obtuvo información acerca de que en el inmueble ubicado en calle 27 B Norte, con número 1054, entre la Diagonal de las calles 10 y 14 Poniente, de la Colonia La Providencia, se comercializaba con droga.
En consecuencia, el Representante Social de la Federación solicitó y obtuvo del citado Juez la orden de cateo.
Con el apoyo de efectivos de la Policía Federal Ministerial y peritos de la institución, se constituyó en el mencionado domicilio donde detuvo a dos mujeres y a un individuo, quienes se encontraban en posesión de cinco envoltorios con dos gramos de cocaína, y una bolsa con 27 gramos y 100 miligramos de marihuana.
Lo asegurado quedó a disposición del Representante Social de la Federación, quien continúa con la integración del expediente, para sancionar delitos contra la salud.
© Cinco Radio

Atropellan a Ciclista en Ixtiyucan


El vehículo responsable huyó pero en el lugar quedo la placa tirada.

por ODILÓN LARIOS NAVA

30.10.2012 - 05:54 hrs

Joven ciclista de 25 años de edad perdió la vida al ser atropellado por un vehículo desconocido en las calles de Santa María Ixtiyucan. Al llegar el agente del Ministerio Público encontró el cuerpo en medio de un lago hemático, y a pocos metros del cuerpo la bicicleta del occiso.
Se trata de Oswaldo Cerón López, de 25 años de edad, quien pereció atropellado por un vehículo desconocido en la calle Valentín Gómez Farías, entre Vicente Guerrero y calle 101, en la mencionada comunidad.
De acuerdo con la información de los testigos de los hechos, la cual hicieron del conocimiento del fiscal de Tepeaca, Oswaldo Cerón, circulaba por la mencionada calle en su bicicleta, cuando un vehículo lo embistió.
El conductor de inmediato huyó a toda velocidad a bordo del vehículo responsable, y ya no pudo ser encontrado por las autoridades policíacas. Sin embargo nunca se percató de que en el lugar, por el golpe, se le cayó una placa con número MDA-5976 del Estado de México, la cual quedó a disposición del agente del Ministerio Público para realizar las investigaciones de rigor.
De acuerdo con la necropsia de ley aplicada al cadáver, según consta en la averiguación previa 2684/2012/TEPEACA, la causa del deceso fue traumatismo abdominal cerrado provocado por hecho de tránsito.
© Cinco Radio

Detienen a Pareja con Hummer Robada en Angelópolis


Dijeron pertenecer al crimen organizado y comercializar los vehículos robados en Veracruz y Chiapas

por ODILÓN LARIOS NAVA


Una pareja de sujetos fue detenida en el estacionamiento de Angelópolis, al encontrarles una camioneta de lujo con alteración en sus números de identificación y con reporte de robo. Por estos hechos fueron detenidos, ambos dijeron pertenecer a una organización criminal y dedicarse a colocar los vehículos en estados como Veracruz y Chiapas.
Durante el fin de semana elementos de la policía ministerial de la Agencia Especializada en Robo de Vehículos, llevaron a cabo acciones de vigilancia en el estacionamiento de la mencionada plaza comercial, lugar en donde se percataron de la presencia de una camioneta Hummer, H-3, modelo 2009.
Al hacer la revisión correspondiente se percataron que el vehículo presentaba esmerilados y alterados los números de identificación, al sacar el verdadero número de serie, Plataforma México arrojó que la unidad contaba con reporte de robo en el Distrito Federal, razón por la cual procedieron a asegurar a los dos sujetos.
Los detenidos dijeron llamarse, Jesús Castillo Amador, de 32 años de edad, originario de Córdoba, Veracruz, y Mayahuetl Lozada Olvera, de 21 años, originaria de Apan, Hidalgo. Ambos intentaron disuadir a los ministeriales de que los detuvieran, identificándose como parte de una organización criminal.
Además dijeron que operan comercializando los vehículos robados en estados como Veracruz y Chiapas. En los teléfonos celulares de estos sujetos se encontraron algunos mensajes que podrían indicar que posiblemente tengan razón al decirse miembros del crimen organizado.
La pareja quedo detenida y el vehículo asegurado, todo ello puesto a disposición del agente del Ministerio Público Especializado en Robos de Vehículos, para realizar las investigaciones de rigor.
© Cinco Radio

lunes, 29 de octubre de 2012

Hostigamiento judicial por parte de la PGR en contra de defensoras y defensores de DH en Veracruz

Difusión Cencos México D.F., 29 de octubre de 2012

Boletín de prensa
CDH Digna Ochoa

El Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa Ac de la ciudad de Tonalá, Chiapas y el Centro de Derechos Humanos Bety Cariño del Sur de Veracruz ha tenido información proporcionada por integrantes de la Resistencia Civil del municipio de Agua Dulce y las Choapas, Veracruz, así como hemos documentado el hostigamiento judicial emprendido por la Comisión Federal de Electricidad iniciando procesos penales ante la Procuraduría General de la República de la Ciudad de Coatzacoalcos por el delito de robo de fluido en contra de los Sres. Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández quienes son integrantes de la Resistencia Civil de Agua Dulce y defensores de derechos humanos.

El día 02 de Octubre A la Sra. Esther Rodríguez Anaya quien tiene su domicilio en el municipio de las Choapas le fue notificado de una acusación penal numero AP.PGR/VER/VER/II/494/2012 en su contra la cual le solicitaban su comparecencia el día 12 de octubre a las 10:30 horas en las oficinas del Ministerio Publico firmada por el Lic. Silvestre Romo Lope quien funge como Titular de la Mesa numero II.

El día 10 de Octubre agentes ministeriales se presentaron en el domicilio de la Sra. Eloisa Jiménez Hernández ubicado en el municipio de Agua Dulce, Veracruz para entregarle un citatorio en donde le ponían de conocimiento la existencia de una acusación penal en su contra bajo el numero AP/PGR/VER/CTZ/II/492/2012, la cual solicitaban su comparecencia el día 15 de Octubre en las oficinas del Ministerio Publico, dicho documento fue firmado por el Lic. Silvestre Romo López.

El día 11 de Octubre nuevamente agentes ministeriales se presentaron en los domicilios de los Sres. Guadalupe Aguilar Santana (AP/PGR/VER/CTZ/I/477/2012), María de Jesús López Díaz (AP/PGR/VER/CTZ/I/475/2012) y Aquitofel Sánchez Aguilar (AP/PGR/VER/CTZ/I/479/2012) quienes viven en el municipio de Agua Dulce, Veracruz notificándoles de la integración de diversas averiguaciones previas en su contra, lo cual fueron citados a comparecer el día 16 de octubre.

El día 25 de Octubre integrantes del Área Jurídica del Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa se presentaron a las instalaciones del Ministerio Publico con sede en la ciudad de Coatzacoalcos para solicitar información en relación a las diversas acusaciones penales en contra de los defensores de derechos humanos, lo cual fuimos atendidos por los Licenciados Silvestre Romo López y Mirna Romero Ramírez titulares de las mesas de tramite 1 y 2 respectivamente lo cual se negaron a que accediéramos a revisar las diversas averiguaciones previas aun estando presentes los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández argumentando que no podían proporcionar información alguna sin la autorización del titular de la Agencia del Ministerio Publico.
Antecedentes:

Los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández son integrantes de la Resistencia Civil en las Choapas y Agua Dulce, forman parte de la Red Nacional de Resistencia Civil contra las Altas Tarifas de la Energía Eléctrica, han sido impulsores de la organización en sus municipios en contra de los abusos de la Comisión Federal de Electricidad, así como exigen el reconocimiento constitucional del acceso a la energía eléctrica como un derecho humano y tarifas justas de acuerdo a los ingresos de las familias.

Por lo que ambos Centros de Derechos Humanos Solicitan a las Autoridades Mexicanas:

I.- Desestimar los cargos contra en contra de los Sres.los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández, los cuales parecen meramente estar dirigidos a sancionar 
sus actividades de defensa de los derechos humanos;

II.- Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo a nivel judicial, contra los Sres. los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández

III.- Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos de la ONU, en particular en lo referente al:

  • Artículo 1: "Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional";
  • Artículo 5: "A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional: a) A reunirse o manifestarse pacíficamente; b) A formar organizaciones, asociaciones o grupos no gubernamentales, y a afiliarse a ellos o a participar en ellos;
  • Artículo 12.2: "El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración";

IV. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

27 de octubre de 2012 

Más sobre los hostigamientos en contra de integrantes de la Red Nacional de Resistencia Civil contra las Altas Tarifas de Energía Eléctrica

Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

Recomendaciones de Human Rights Watch al Congreso de Nuevo León sobre la tipificación del delito de desaparición forzada



Difusión Cencos México D.F., 29 de octubre de 2012

Carta al Congreso de Nuevo León
HRW México

  • México: Carta al Congreso de Nuevo León sobre la Tipificación de la Desaparición Forzada

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en representación de Human Rights Watch para acercarles una serie de recomendaciones vinculadas con la posible reforma del Código Penal de Nuevo León, que incorporaría el delito de desaparición forzada. Entendemos que el Congreso de Nuevo León, cuya composición se renovó recientemente, prevé concretar esta reforma antes de fin de año, y deseamos manifestar que apoyamos los esfuerzos para abordar este grave problema.

La legislatura emprende esta iniciativa en un momento sumamente oportuno, en vista de la situación actual de seguridad y derechos humanos en Nuevo León. Human Rights Watch ha documentado decenas de casos de desapariciones en Nuevo León —varios de ellos presentados en nuestro informe publicado en noviembre de 2011, Ni Seguridad, Ni Derechos— en los cuales las pruebas indican de manera vehemente que miembros de las fuerzas de seguridad tuvieron participación en los hechos, incluidos policías del estado y municipales. La Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, organizaciones de derechos humanos locales y el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas han documentado un aumento en la cantidad de desapariciones forzadas registradas en el estado desde 2008.

La incorporación efectiva y adecuada del delito de desaparición forzada al derecho penal interno es un paso clave para llevar a juicio a los responsables, determinar el destino de las víctimas y ayudar a prevenir futuras desapariciones.

Una condición fundamental para la efectividad del proyecto legislativo es que todas sus disposiciones sean coherentes con las normas internacionales de derechos humanos. Como saben, México fue uno de los primeros países en ratificar la Convención Internacional de la ONU para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, y es parte en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Estos tratados brindan un modelo exhaustivo para la adopción de leyes sobre desaparición forzada —desde la definición del tipo penal hasta la reparación de las víctimas— y deberían estar cabalmente reflejados en cualquier reforma que se implemente.

Quisiéramos referirnos específicamente a varios principios que son cruciales para la efectividad de la reforma y se encuentran consagrados en el derecho internacional:

1. El delito de desaparición forzada tiene naturaleza permanente mientras se desconozca el destino de la víctima. Por consiguiente, cualquier plazo de prescripción que se imponga al juzgamiento de casos de desaparición solamente podrá computarse desde el momento en que cese la desaparición forzada (es decir, cuando se sepa cuál fue el destino de la persona desaparecida), y deberá tener una duración proporcional a la gravedad extrema del delito.

2. La definición de desaparición forzada debería ser tomada directamente de los tratados internacionales de derechos humanos. La responsabilidad de quienes participen en un delito de desaparición forzada debería alcanzar no sólo a agentes del Estado que sean los autores materiales de la privación de la libertad, sino además a quienes autorizan o facilitan las desapariciones mediante su complicidad o aquiescencia.

3. Las víctimas de desaparición forzada tienen derecho a una reparación integral que compense tanto el daño material como moral.

4. Se deberán contemplar medidas, incluidas penas, para prevenir y sancionar la negativa a brindar información sobre una persona que fue privada de su libertad o la aportación de datos falsos. La ley podría también considerar como un factor atenuante la decisión de una persona implicada en una desaparición forzada de brindar información que ayude a esclarecer el caso.

Por último, es importante que el actual Congreso de Nuevo León, al igual que el anterior, consulte a organizaciones de la sociedad civil y expertos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México al redactar la norma, ya que esto no sólo contribuirá a mejorar la calidad de la reforma sino que ayudará a conseguir apoyo local e internacional para su sanción. De excepcional relevancia es el informe "Mejores prácticas de la legislación penal nacional en materia de desapariciones forzadas," preparado por el Grupo de Trabajo de la ONU.

Esperamos que las recomendaciones anteriores sean tenidas en cuenta en el marco de esta oportuna iniciativa para penalizar las desapariciones forzadas.

Diputado Luis David Ortíz Salinas, Presidente del Congreso del Estado de Nuevo León
Diputado Juan Carlos Ruiz García, Coordinador Diputados PAN
Diputado Edgar Romo García, Coordinador Diputados PRI
Diputado Francisco Reynaldo Cienfuegos Martínez, Presidente, Comisión de Justicia y Seguridad Pública
Diputado José Juan Guajardo Martínez, Presidente, Comisión Desarrollo Social y Derechos Humanos
Diputada Celina Del Carmen Hernández Garza, Vice Presidenta,  Comisión Desarrollo Social y Derechos Humanos

Diputados Ortíz Salinas, Ruiz García, Romo García, Cienfuegos Martínez, Guajardo Martínez, y Hernández Garza:

Atentamente,

José Miguel Vivanco

CC: Rodrigo Medina de la Cruz, Gobernador del Estado de Nuevo León
CC: Adrián Emilio de la Garza Santos, Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León

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Carta a Diputados de Nuevo León sobre reforma del Código Penal