martes, 30 de octubre de 2012
Consignan a Tres por Posesión de Droga
Atropellan a Ciclista en Ixtiyucan
El vehículo responsable huyó pero en el lugar quedo la placa tirada.
por ODILÓN LARIOS NAVA
30.10.2012 - 05:54 hrs
Detienen a Pareja con Hummer Robada en Angelópolis
Dijeron pertenecer al crimen organizado y comercializar los vehículos robados en Veracruz y Chiapas
por ODILÓN LARIOS NAVA
lunes, 29 de octubre de 2012
Hostigamiento judicial por parte de la PGR en contra de defensoras y defensores de DH en Veracruz
Boletín de prensa
CDH Digna Ochoa
El Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa Ac de la ciudad de Tonalá, Chiapas y el Centro de Derechos Humanos Bety Cariño del Sur de Veracruz ha tenido información proporcionada por integrantes de la Resistencia Civil del municipio de Agua Dulce y las Choapas, Veracruz, así como hemos documentado el hostigamiento judicial emprendido por la Comisión Federal de Electricidad iniciando procesos penales ante la Procuraduría General de la República de la Ciudad de Coatzacoalcos por el delito de robo de fluido en contra de los Sres. Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández quienes son integrantes de la Resistencia Civil de Agua Dulce y defensores de derechos humanos.
El día 02 de Octubre A la Sra. Esther Rodríguez Anaya quien tiene su domicilio en el municipio de las Choapas le fue notificado de una acusación penal numero AP.PGR/VER/VER/II/494/2012 en su contra la cual le solicitaban su comparecencia el día 12 de octubre a las 10:30 horas en las oficinas del Ministerio Publico firmada por el Lic. Silvestre Romo Lope quien funge como Titular de la Mesa numero II.
El día 10 de Octubre agentes ministeriales se presentaron en el domicilio de la Sra. Eloisa Jiménez Hernández ubicado en el municipio de Agua Dulce, Veracruz para entregarle un citatorio en donde le ponían de conocimiento la existencia de una acusación penal en su contra bajo el numero AP/PGR/VER/CTZ/II/492/2012, la cual solicitaban su comparecencia el día 15 de Octubre en las oficinas del Ministerio Publico, dicho documento fue firmado por el Lic. Silvestre Romo López.
El día 11 de Octubre nuevamente agentes ministeriales se presentaron en los domicilios de los Sres. Guadalupe Aguilar Santana (AP/PGR/VER/CTZ/I/477/2012), María de Jesús López Díaz (AP/PGR/VER/CTZ/I/475/2012) y Aquitofel Sánchez Aguilar (AP/PGR/VER/CTZ/I/479/2012) quienes viven en el municipio de Agua Dulce, Veracruz notificándoles de la integración de diversas averiguaciones previas en su contra, lo cual fueron citados a comparecer el día 16 de octubre.
El día 25 de Octubre integrantes del Área Jurídica del Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa se presentaron a las instalaciones del Ministerio Publico con sede en la ciudad de Coatzacoalcos para solicitar información en relación a las diversas acusaciones penales en contra de los defensores de derechos humanos, lo cual fuimos atendidos por los Licenciados Silvestre Romo López y Mirna Romero Ramírez titulares de las mesas de tramite 1 y 2 respectivamente lo cual se negaron a que accediéramos a revisar las diversas averiguaciones previas aun estando presentes los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández argumentando que no podían proporcionar información alguna sin la autorización del titular de la Agencia del Ministerio Publico.
Antecedentes:
Los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández son integrantes de la Resistencia Civil en las Choapas y Agua Dulce, forman parte de la Red Nacional de Resistencia Civil contra las Altas Tarifas de la Energía Eléctrica, han sido impulsores de la organización en sus municipios en contra de los abusos de la Comisión Federal de Electricidad, así como exigen el reconocimiento constitucional del acceso a la energía eléctrica como un derecho humano y tarifas justas de acuerdo a los ingresos de las familias.
Por lo que ambos Centros de Derechos Humanos Solicitan a las Autoridades Mexicanas:
I.- Desestimar los cargos contra en contra de los Sres.los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández, los cuales parecen meramente estar dirigidos a sancionar
sus actividades de defensa de los derechos humanos;
II.- Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo a nivel judicial, contra los Sres. los Sres(as) Aquitofel Sánchez Aguilar, María de Jesús López Díaz, Esther Rodríguez Anaya, Guadalupe Aguilar Santana y Eloisa Jiménez Hernández
III.- Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos de la ONU, en particular en lo referente al:
- Artículo 1: "Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional";
- Artículo 5: "A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional: a) A reunirse o manifestarse pacíficamente; b) A formar organizaciones, asociaciones o grupos no gubernamentales, y a afiliarse a ellos o a participar en ellos;
- Artículo 12.2: "El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración";
IV. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.
27 de octubre de 2012
Más sobre los hostigamientos en contra de integrantes de la Red Nacional de Resistencia Civil contra las Altas Tarifas de Energía Eléctrica
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos
Recomendaciones de Human Rights Watch al Congreso de Nuevo León sobre la tipificación del delito de desaparición forzada
Carta al Congreso de Nuevo León
HRW México
- México: Carta al Congreso de Nuevo León sobre la Tipificación de la Desaparición Forzada
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en representación de Human Rights Watch para acercarles una serie de recomendaciones vinculadas con la posible reforma del Código Penal de Nuevo León, que incorporaría el delito de desaparición forzada. Entendemos que el Congreso de Nuevo León, cuya composición se renovó recientemente, prevé concretar esta reforma antes de fin de año, y deseamos manifestar que apoyamos los esfuerzos para abordar este grave problema.
La legislatura emprende esta iniciativa en un momento sumamente oportuno, en vista de la situación actual de seguridad y derechos humanos en Nuevo León. Human Rights Watch ha documentado decenas de casos de desapariciones en Nuevo León —varios de ellos presentados en nuestro informe publicado en noviembre de 2011, Ni Seguridad, Ni Derechos— en los cuales las pruebas indican de manera vehemente que miembros de las fuerzas de seguridad tuvieron participación en los hechos, incluidos policías del estado y municipales. La Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, organizaciones de derechos humanos locales y el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas han documentado un aumento en la cantidad de desapariciones forzadas registradas en el estado desde 2008.
La incorporación efectiva y adecuada del delito de desaparición forzada al derecho penal interno es un paso clave para llevar a juicio a los responsables, determinar el destino de las víctimas y ayudar a prevenir futuras desapariciones.
Una condición fundamental para la efectividad del proyecto legislativo es que todas sus disposiciones sean coherentes con las normas internacionales de derechos humanos. Como saben, México fue uno de los primeros países en ratificar la Convención Internacional de la ONU para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, y es parte en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Estos tratados brindan un modelo exhaustivo para la adopción de leyes sobre desaparición forzada —desde la definición del tipo penal hasta la reparación de las víctimas— y deberían estar cabalmente reflejados en cualquier reforma que se implemente.
Quisiéramos referirnos específicamente a varios principios que son cruciales para la efectividad de la reforma y se encuentran consagrados en el derecho internacional:
1. El delito de desaparición forzada tiene naturaleza permanente mientras se desconozca el destino de la víctima. Por consiguiente, cualquier plazo de prescripción que se imponga al juzgamiento de casos de desaparición solamente podrá computarse desde el momento en que cese la desaparición forzada (es decir, cuando se sepa cuál fue el destino de la persona desaparecida), y deberá tener una duración proporcional a la gravedad extrema del delito.
2. La definición de desaparición forzada debería ser tomada directamente de los tratados internacionales de derechos humanos. La responsabilidad de quienes participen en un delito de desaparición forzada debería alcanzar no sólo a agentes del Estado que sean los autores materiales de la privación de la libertad, sino además a quienes autorizan o facilitan las desapariciones mediante su complicidad o aquiescencia.
3. Las víctimas de desaparición forzada tienen derecho a una reparación integral que compense tanto el daño material como moral.
4. Se deberán contemplar medidas, incluidas penas, para prevenir y sancionar la negativa a brindar información sobre una persona que fue privada de su libertad o la aportación de datos falsos. La ley podría también considerar como un factor atenuante la decisión de una persona implicada en una desaparición forzada de brindar información que ayude a esclarecer el caso.
Por último, es importante que el actual Congreso de Nuevo León, al igual que el anterior, consulte a organizaciones de la sociedad civil y expertos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México al redactar la norma, ya que esto no sólo contribuirá a mejorar la calidad de la reforma sino que ayudará a conseguir apoyo local e internacional para su sanción. De excepcional relevancia es el informe "Mejores prácticas de la legislación penal nacional en materia de desapariciones forzadas," preparado por el Grupo de Trabajo de la ONU.
Esperamos que las recomendaciones anteriores sean tenidas en cuenta en el marco de esta oportuna iniciativa para penalizar las desapariciones forzadas.
Diputado Luis David Ortíz Salinas, Presidente del Congreso del Estado de Nuevo León
Diputado Juan Carlos Ruiz García, Coordinador Diputados PAN
Diputado Edgar Romo García, Coordinador Diputados PRI
Diputado Francisco Reynaldo Cienfuegos Martínez, Presidente, Comisión de Justicia y Seguridad Pública
Diputado José Juan Guajardo Martínez, Presidente, Comisión Desarrollo Social y Derechos Humanos
Diputada Celina Del Carmen Hernández Garza, Vice Presidenta, Comisión Desarrollo Social y Derechos Humanos
Diputados Ortíz Salinas, Ruiz García, Romo García, Cienfuegos Martínez, Guajardo Martínez, y Hernández Garza:
Atentamente,
José Miguel Vivanco
CC: Rodrigo Medina de la Cruz, Gobernador del Estado de Nuevo León
CC: Adrián Emilio de la Garza Santos, Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León
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Carta a Diputados de Nuevo León sobre reforma del Código Penal