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miércoles, 16 de enero de 2013

Minera San Xavier defiende sus ilegales permisos

Difusión Cencos México D.F., 16 de enero de 2013

Boletin de Prensa
FAO 

  • Caso Minera San Xavier  y el Plan de Desarrollo Urbano de Cerro de San Pedro y Centro de Población. (PDUCSP)
  • La inconstitucionalidad del PDUCSP y sus autores
  • Tribunal colegiado busca argumentos favorables a MSX

Después de varios desafortunados intentos de Minera San Xavier mediante amparos por desaparecer el Decreto publicado en el periódico oficial del 24 de septiembre de 1993 "Plan de Ordenación de San Luis Potosí y su Zona Conurbada" que declara la zona del municipio de Cerro de San Pedro como Zona de Preservación de la Vida Silvestre y prohíbe la instalación de actividades industriales, y que es precisamente donde se asienta el criminal proyecto a tajo a cielo abierto de esta transnacional canadiense,  esta empresa en complicidad con los gobiernos del citado municipio y del estado, así como de la UASLP cuyo Rector es ahora flamante Presidente Municipal del municipio de San Luis Potosí, diseñaron otra forma de desactivar el mencionado decreto que fue el principal sustento del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para sentenciar en 2004 y ratificar en 2005 la anulación  lisa y llana del proyecto de la mencionada empresa minera, sentencia que por cierto las autoridades correspondientes se han negado a dar cumplimiento.

Para el perverso plan, desde junio del 2011 los arriba señalados iniciaron reuniones los lunes en la Secretaría de Economía del estado a fin de diseñar un Plan de Desarrollo Municipal mediante el cual se pretendía anular el Decreto de 1993 en el que están inmersos los cinco municipios conurbados a la ciudad capital, así en marzo de 2012 fue publicado el dichoso plan en el periódico oficial del estado y posteriormente en un diario local.

Fue tan jurídicamente artesanal como arbitrario el diseño de este Plan conocido luego como el PDUCSP que sin el consentimiento de los municipios que lo integran, sin el dictamen de congruencia que por ley tiene que dar la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM) y en total incongruencia jurídica con las normatividades estatales y federales, fue aprobado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas estatal. Esto motivó su impugnación mediante amparo por parte de Pro San Luis Ecológico A.C, y tocó al -desde hace años cooptado por la empresa minera- Juzgado Primero de Distrito resolver el juicio, no encontró como sobreseerlo y argumentó dolosamente que se interpuso fuera de tiempo, más no pudo evidenciar la argumentación de fondo.

Obviamente inconforme con el resolutivo del juez Primero de Distrito, Pro San Luis Ecológico interpuso un recurso de revisión que toco resolver al también semi-cooptado Segundo tribunal Colegiado del noveno Circuito, lo de semi cooptado es porque en la resolución que este dio al recurso, dos de los tres magistrados también en forma dolosa con argumentos carentes de motivos y fundamentos legales ratificaron la resolución del Juez Primero de Distrito.

Resulta que el restante magistrado Pedro Elías Soto -que originalmente había elaborado el proyecto resolutivo que venía a favor de Pro San Luis Ecológico- no se sumó a la corrupta resolución a la que agregó su voto particular en el cual con fundamentos de plena consistencia jurídica cuestiona y exhibe los falsos argumentos de sus dos compañeros magistrados y su arbitraria resolución, incluso denuncia que las jurisprudencias por estos invocadas ni siquiera encuadran con el asunto a resolver.

Posteriormente, un habitante del poblado afectado interpone un amparo similar contra el mencionado PDUCSP agregando el argumento de que SEMARNAT otorgó una tercera autorización para la operación del proyecto de Minera San Xavier justificándola con el hecho de que ahora ya no tenía motivos para negarla porque ya el uso de suelo de Preservación de la vida silvestre que impedía la actividad minera, el PDUCSP la había cambiado a uso minero. Este amparo se interpuso invocando el artículo 114 de la Ley de Amparo como primer acto de aplicación.

Este amparo toco resolverlo al Juzgado Auxiliar Cuarto de Distrito con sede en Guadalajara, Jal. La Juez encargada de resolverlo haciendo un análisis minucioso de los agravantes expuestos por el quejoso resuelve la nulidad del PDUCSP demostrando su inconstitucionalidad y por consiguiente de la autorización que en base a este Plan otorgó SEMARNAT a Minera San Xavier para el desarrollo de su proyecto.

Resulta que Minera San Xavier interpone un recurso de revisión contra la citada resolución; aun cuando la fundamentación de la nulidad es prácticamente inatacable, la empresa tiene la ventaja de contar con el control del ya mencionado Segundo Tribunal Colegiado, que es el que va a resolver la revisión.

Si hubiera honestidad y este Tribunal Colegiado resuelve conforme a derecho, New Gold-Minera San Xavier se quedaría sin justificaciones leguleyas y dejaría de manifiesto y sin lugar a dudas que desde su llegada ha estado operando en la total ilegalidad por operar en una zona prohibida para este tipo de actividades, y así lo reconoce  SEMARNAT al aclarar que dio su autorización porque ya el uso de suelo no es de preservación de la vida silvestre sino minero, aceptando en forma tácita que las anteriores autorizaciones las otorgó premeditadamente en forma ilegal.

Esta autoridad ambiental desde hace tiempo preparó su coartada y trata de lavarse las manos, en un informe justificado que le solicitó un juzgado de Distrito declaró que las autorizaciones que le ha otorgado a la empresa minera en cuestión, son solo una aceptación ambiental que de ninguna manera implican permiso para que opere, que estas autorizaciones se  dan sin perjuicio de la decisión de las autoridades municipales ya que son ellas las únicas facultadas para negar o aceptar este tipo de proyectos, pero claro, omite decir que fue ella la que desde un principio, para ser exactos, el 8 de agosto del año 2000 otorgó el cambio de uso de suelo a Minera San Xavier a sabiendas de que existía el decreto de septiembre de 1993. También se olvida que en su momento, cuando el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa le ordena comunicar por oficio a Minera San Xavier la nulidad lisa y llana de la autorización ambiental y cambio de uso de suelo que ilegalmente le concedió el 26 de febrero de 1999, en pleno desacato lo que hizo fue otorgarle otra autorización.

13 años de lucha jurídica en la que desde 2004 los más altos tribunales del país nos dieron la razón declarando la nulidad definitiva del proyecto de Minera San Xavier y ratificada dos veces más, en el 2005 y 2009, por razones muy obvias, resulta que esos mismos tribunales fueron tejiendo una estrategia pseudo jurídica mediante la cual poco a poco fueron revirtiendo una resolución que ellos mismos habían resuelto como cosa juzgada hasta ordenar en diciembre del 2012  que fuera archivada por carecer de materia. Caso increíble pero cierto…

El papel que han jugado las autoridades municipales en este caso es crítico, ya que con todo conocimiento de causa,  han estado concediendo durante 12 años permisos y licencias para el desarrollo ilegal de la actividad minera, como son la de uso de suelo, de construcción y  de operación, además de influir como en este caso en el cambio de uso de suelo, violando un decreto que como ya anotamos anteriormente prohíbe la actividad minera en esa zona.

Cerro de San Pedro, S.L.P. Enero 16 de 2013

"FAO"

Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

Demandan la inmediata aplicación de la ley y reparación del daño por la ejecución extrajudicial de Adrián Javier González Villarreal, estudiante de la UANL

Difusión Cencos México D.F., 16 de enero de 2013
Boletin de Prensa
Cadhac
  • La seguridad de la ciudadanía, derecho violentado
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC) externamos nuestra preocupación frente a la serie de ejecuciones perpetradas en los días que han transcurrido en el presente año en el estado de Nuevo León. Particularmente demandamos la inmediata aplicación de la ley y reparación del daño en el caso de Adrián Javier González Villarreal, estudiante de la UANL, ejecutado extrajudicialmente por agentes policiacos del municipio de Santa Catarina, N.L. el pasado 13 de enero del año en curso.
Aunado a las ejecuciones perpetradas por la delincuencia organizada en el marco de un contexto resquebrajado por la violencia, se generan situaciones evidentemente violatorias a derechos humanos, donde quienes tienen el encargo de brindar seguridad a la ciudadanía son quienes cometen el delito, abusando de la autoridad que les ha sido conferida, como el caso de Adrián Javier. 
Es urgente replantear las estrategias de seguridad que se están aplicando en todos los niveles de gobierno. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad, bajo un marco normativo que garantiza la integridad de todas las personas. El uso desmedido de la fuerza pública y la violencia, no se justifican y deben ser sancionadas sobre todo cuando la vida de la ciudadanía se está poniendo en riesgo.
La muerte de Adrián Javier González Villarreal, de 20 años, a manos de policías del municipio de Santa Catarina, forma parte de las 59 personas que han sido ejecutadas en el presente año dentro del contexto de la lucha contra el narcotráfico donde se incluye también la muerte de Julio Abraham, niño de 11 años, asesinado con arma de fuego mientras jugaba futbol en el municipio de Juárez N.L. La actual estrategia de seguridad sigue generando víctimas y las autoridades dan pocas señales de entender que su actuar debe estar sujeto al marco jurídico vigente en materia de derechos humanos. Incluso autoridades municipales han militarizado sus cuerpos policiacos.
En este contexto CADHAC se pronuncia en contra de la violencia perpetrada en el estado y demanda la inmediata aplicación de la ley, con los agravantes a los policías responsables de la muerte de Adrián Javier González Villarreal, así como la reparación del daño. De igual manera urgimos a la revisión de la estrategia de seguridad a seguirse en la entidad, la cual sea reconstruida desde la perspectiva de derechos humanos, como lo marca la legislación internacional en la materia.
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., es una organización no gubernamental, apartidista y sin fines de lucro, que desde su fundación en 1993 se dedica a la promoción y defensa integral de los derechos humanos.
15 de enero, 2013.
Boletín de Prensa No. 1301/BP002
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

Esclarecen Homicidio en el Rastro de Huauchinango


Los responsables de dar muerte al velador eran compañeros suyos

por REDACCIÓN


La Procuraduría General de Justicia (PGJ) informó que la policía ministerial del estado esclareció el homicidio ocurrido en el interior del rastro municipal de Huauchinango.  A partir de las investigaciones tras el crimen, se logró el aseguramiento de los presuntos responsables identificados como Juan Bernardo Licona Luna, alias “La Parca”, y Joel Salazar Hernández, de 31 y 20 años de edad respectivamente.
El 13 de enero del año en curso se registró el homicidio de Julio Galindo González de 67 años de edad, quien era velador del rastro, mismo que presentaba lesiones provocadas con objeto punzocortante a la altura del cuello y golpes en la cabeza con un objeto contundente, lo cual quedó asentado en  la averiguación previa 41/2013/Huauchinango.
Inmediato al hallazgo del cuerpo, la Policía Ministerial, el Ministerio Público de Huauchinango y personal del área de Servicios Periciales, recabaron en el lugar de los hechos diversos indicios así como información principalmente características de una motocicleta y personas sospechosas que fueron vistas horas antes en las inmediaciones del rastro.
Agentes investigadores lograron ubicar horas después una motocicleta morada con una franja color naranja que coincide plenamente con la descripción hecha por los vecinos. En la unidad viajaban los ahora detenidos, y ante los indicios obtenidos de las indagatorias se procedió a entrevistarlos mediante lo cual se pudo establecer que Juan Bernardo Licona quien también laboraba en el rastro, rasurando ganado.
Luego de incurrir en diversas contradicciones sobre las actividades que realizaron horas antes, e incluso el hecho de que Bernardo Licona Luna, alias “La Parca”, acudió a la zona del rastro cuando no le tocaba laborar, ambos revelaron su participación en el crimen e incluso agregaron que en el ilícito participaron dos individuos más quienes están prófugos.
En torno al homicidio, los presuntos responsables detallaron que previamente planearon entrar a robar al rastro ya que Juan Bernardo Licona Luna, alias “La Parca”, conocía los horarios laborales y actividades que se realizaban en el interior, por lo que entre la noche del 12 y madrugada del pasado 13 de enero ingresaron al inmueble y se dirigieron a la zona de vigilancia donde amagaron al hoy occiso pero finalmente decidieron privarlo de la vida para apoderarse de 9 mil pesos en efectivo.
Con base en los elementos de prueba con que cuenta el Ministerio Público, en las próximas horas  Joel Salazar Hernández y Juan Bernardo Licona Luna, alias “La Parca”, serán puestos a disposición del Juez Penal correspondiente bajo cargos por homicidio y robo; en tanto que la Policía Ministerial continúa con las indagatorias a fin de ubicar y detener a los demás partícipes en estos hechos delictivos.

La PGJ de Puebla Detiene a Dos por Violación



por REDACCIÓN


La Procuraduría General de Justicia (PGJ)  informa que mediante acciones recientes a cargo de la Policía Ministerial de estado se logró la detención, en distintos puntos del estado, de dos sujetos relacionados con el delito de violación.
Agentes ministeriales dieron cumplimiento a una orden de aprehensión en esta ciudad capital, en contra de Edgar Peregrina González, de 25 años de edad, por su presunta responsabilidad en el delito de violación equiparada.
De acuerdo con el proceso penal 388/2012, el pasado 12 de septiembre, la agraviada de 28 años de edad, fue interceptada por el indiciado y otros sujetos más cuando descendía de una unidad de transporte público en la colonia San Ramón, donde la sometieron violentamente para posteriormente agredirla de forma sexual.
Una vez que el representante social tomo conocimiento del hecho, consignó la averiguación previa al Juez Cuarto Penal, quien más tarde otorgó la orden de aprehensión correspondiente en contra de dicho sujeto por lo que más tarde fue internado en el Cereso de San Miguel, en tanto la PGJ continúa con las investigaciones para dar con el paradero de otros sujetos relacionados con el ilícito.
En una segunda acción a cargo de la Policía Ministerial, se logró la detención de Fernando Cruz Rivera en el municipio de Zacatlán, quien presuntamente agredió sexualmente a una menor de edad.
De acuerdo a la denuncia, el pasado 14 de enero, Cruz Rivera aprovechó que la hoy agraviada de 8 años de edad se encontraba sola en su domicilio, para ingresar a su cuarto donde le cometió la agresión.
Cabe señalar que derivado de la pronta reacción por parte de la Policía Ministerial se logró ubicar y detener al presunto agresor cuando transitaba en unos campos de cultivo del barrio de Poxcuatzingo, del municipio antes referido.
Posterior al hecho, dicho sujeto fue trasladado a la agencia del Ministerio Público, donde se inició la averiguación previa 40/2013/Zacatlán, y en las próximas horas se ejercitará acción penal en su contra por su presunta responsabilidad en el delito de violación.

LLegó a Puebla a Buscar Remedio y Encontró la Muerte


Mujer de 69 años de edad procedente de Martínez de la Torre, acudió a Puebla para buscar un médico pero apenas pisó Puebla se infartó y murió

por ODILÓN LARIOS NAVA

15.01.2013 - 19:55 hrs

Mujer perece infartada en la CAPU en el área de llegada de AU, en el andén número 45. La hoy occisa de 69 años de edad, venía a Puebla procedente de Veracruz, a buscar la atención de un especialista, sin embargo apenas bajó del camión y fue sorprendida por la muerte.
La mujer de 69 años de edad respondía al nombre de Epifania Linares Ayende, quien era oriunda y vecina de Martínez de La Torre, en el estado de Veracruz. Según indicó su hija, quien la acompañaba al momento que falleció, era diabética desde hace 20 años, y padecía otros males colaterales a dicha enfermedad.
De hecho la hija de la finada comentó a las autoridades que la semana pasada un médico de Martínez de La Torre, recomendó dializarla. Pero Epifania se negó, diciendo que acudiría a Puebla a buscar un médico al que le tenía mucha fe.
Es por ello que este martes salieron de Martínez de La Torre y se dirigieron a la ciudad de Puebla, donde visitarían al galeno. Pero no contaban con la mala jugada que el destino les tenía guardada. Apenas pisó territorio poblano, al bajar del autobús, la mujer sufrió un infarto lo cual cobró su vida de forma instantánea.
Cuando los servicios médicos de la CAPU revisaron a la sexagenaria constataron que ya no presentaba signos vitales. De esta forma acudió personal de la policía municipal a resguardar el cuerpo y acordonar la zona.
Minutos después acudió Mónica García Gutiérrez, Agente del Ministerio Público Especializado en Homicidios, para llevar a cabo las diligencias del levantamiento del cadáver. Y comentó lo siguiente: “Recibimos una llamada que nos indicaba que en el andén 45 de los autobuses AU había una persona que había fallecido, nos constituimos y efectivamente se trata de una persona del sexo femenino, que al parecer fallece por causas naturales. Venía acompañada de sus familiares y se da inicio a la constancia de hechos 19/2013/AEH”.
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